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Desde el pasado 1 de abril han entrado en vigor los cambios normativos recogidos en el Real Decreto-ley 11/2024, de 23 de diciembre, que regulan la jubilación activa. Estas medidas permiten compatibilizar el cobro de la pensión con el trabajo en mejores condiciones, favoreciendo una transición gradual hacia la jubilación.
Entre las principales novedades destaca la eliminación del requisito de contar con una carrera de cotización completa (100% de la base reguladora), lo que amplía significativamente el acceso a esta modalidad. También se permite, por primera vez, compatibilizar la jubilación activa con los incentivos económicos de la jubilación demorada, lo que supone una mejora relevante para quienes desean seguir activos sin renunciar a una pensión completa.
La jubilación activa permite cobrar un porcentaje de pensión que varía según los años que se haya retrasado la jubilación ordinaria:
- 1 año: 45%
- 2 años: 55%
- 3 años: 65%
- 4 años: 80%
- 5 años o más: 100%
Además, por cada año adicional trabajado en situación de jubilación activa se añade un 5% adicional, hasta un máximo del 100%. La pensión se revaloriza anualmente según el porcentaje correspondiente, aunque durante este periodo no se aplica el complemento a mínimos.
También se establecen nuevas condiciones para acceder a esta modalidad:
- Haber accedido a la pensión al menos un año después de cumplir la edad legal ordinaria.
- Tener al menos 15 años cotizados, dos de ellos en los últimos 15.
- No estar trabajando en el sector público.
En cuanto a las cotizaciones durante la jubilación activa, se aplica un 1,5% por IT y un 9% de cotización de solidaridad (7% a cargo de la empresa y 2% del trabajador), sin que ello genere nuevos derechos de pensión.
Las empresas, por su parte, deben cumplir ciertos requisitos como no haber realizado despidos improcedentes en los seis meses previos y mantener el nivel de empleo durante el periodo de compatibilidad.
Desde GESTOLASA, como especialistas en previsión social corporativa, podemos ayudarte a valorar, planificar y aplicar correctamente esta modalidad, tanto si eres empresa como trabajador. No dudes en consultarnos para resolver cualquier duda o garantizar el cumplimiento normativo.







