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El pasado 3 de marzo, en Gestolasa realizamos un Webinar sobre la reforma de las pensiones tras la aprobación de la Ley 21/2021 y su impacto en los programas de adecuación de plantillas.
El evento fue presentado por Felipe Angulo, director comercial de Gestolasa y contó con las ponencias de Ramón Cuerno, director de Previsión Social y de Nuria Tor, directora de Asesoría en Derecho Laboral. A lo largo de la sesión, se examinaron las claves de la reforma, su impacto en programas de ajuste de plantilla, algunas medidas para mejorar su retorno y los retos a los que en este momento se tiene que enfrentar el sistema.
Aspectos generales de la reforma
La sesión se inició con una revisión de los aspectos generales de la reforma, poniendo énfasis en los nuevos coeficientes penalizadores con relación a la jubilación anticipada voluntaria e involuntaria. En este punto, también se analizó la variación de aplicación de estos coeficientes, sobre la pensión máxima a partir del 1 de enero de 2024, aunque de momento se continuará aplicando sobre la base reguladora, hasta la entrada en vigor de dicha transitoria.
Por otro lado, se revisó la cláusula de jubilación forzosa que en la nueva normativa solo se podrá establecer a partir de los 68 años, así como el posible impacto de los incentivos a la jubilación demorada.
Los planes de bajas voluntarias incentivadas
En esta línea se analizaron tanto actuaciones de planes de bajas incentivadas como instrumento para facilitar el acceso anticipado a la jubilación (mediante planes de renta o acceso directo a la jubilación anticipada), como medidas de gestión planificada de personal, reducción de costes, rejuvenecimiento de plantilla y/o incorporación de nuevos perfiles requeridos por la organización.
La estructura habitual de este tipo de programas está compuesta por unas determinadas coberturas de sustitución salarial en las que la financiación de la pensión de jubilación se lleva a cabo por medio del abono de cuotas del convenio especial cuando corresponde y, en determinados casos, mediante el pago de un complemento en forma de capital, a modo compensatorio de coeficientes penalizadores cuando el programa se basa en el acceso a la jubilación anticipada. Todo ello, instrumentado jurídicamente mediante mutuo acuerdo.
Análisis comparativo en términos de coste
Dependiendo del diseño y las edades de acceso, a través de un caso práctico se ha analizado que este tipo de programas puede generar ahorros, en términos de gastos evitados que pueden fluctuar entre un 50% a un 200% del coste salarial total del trabajador, dentro de un periodo de dos a cinco años de programa.
También se revisó el potencial impacto del retraso de la edad de jubilación ordinaria, que llegará hasta los 67 años en 2027, para aquellos trabajadores que cuenten con menos de 38 años y 6 meses. En términos de coste, este tipo de situaciones puede llegar a representar un encarecimiento de hasta un 85% del plan en este tipo de circunstancias, sin tener en cuenta el efecto del incentivo a la jubilación demorada por parte de la Seguridad Social.
En cuanto a su diseño, se expuso el análisis de un programa diseñado con acceso a edad de jubilación ordinaria en comparación con acceso a jubilación anticipada. Mediante una descripción de los complementos compensatorios de los coeficientes penalizadores en los programas diseñados mediante acceso a jubilación anticipada, se ha podido observar que este tipo de programas puede representar hasta un 20% de ahorro en comparación a programas con acceso a la jubilación en edad ordinaria.
Es importante tener en cuenta que los programas con acceso a edad de jubilación anticipada requieren de un estudio individualizado que atienda las situaciones de Seguridad Social de cada uno de los partícipes del programa, identificando el número de meses de anticipación que resulte más favorable y determinando la cuantía compensatoria de la penalización en términos de capital equivalente.
Los planes de prejubilación ERE
También se realizó un análisis de los Planes de Prejubilación ERE. La estructura habitual de este tipo de programas incluye una cobertura de sustitución salarial y la financiación de pensión de jubilación por medio del pago de cuotas del convenio especial cuando corresponde, instrumentado jurídicamente mediante despido ERE.
En estos casos se incorpora una nueva variable de costes, que corresponde a la obligación de aportación al tesoro. Su cuantía gira en torno al importe cobrado por el trabajador en concepto de prestación contributiva por desempleo, más el importe del subsidio por desempleo y coste de cotización correspondiente a seis años para los casos en que el trabajador cobre dicha prestación.
Esta obligación, en su día, incorporó nuevos costes en este tipo de programas, que pueden llegar a representar entre un 15% a un 80% de incremento en el coste por empleado afectado. Sin embargo, no por ello los programas de prejubilación ERE han dejado de ser un mecanismo ampliamente utilizado.
Este tipo de programa puede generar ahorros, en términos de gastos evitados, que pueden fluctuar desde un 80% a un 400% del coste salarial total por empleado, dentro de un periodo de dos a cinco años del programa. También es importante destacar que las coberturas en estos programas, debido a sus causas y tipo de negociación, suelen ser más ajustadas en comparación con los planes de bajas incentivadas voluntarias.
En cuanto a su diseño, si está formulado con acceso a edad de jubilación ordinaria en comparación con acceso a jubilación anticipada, esta última opción puede representar hasta un 17% de ahorro en las cuantías indemnizatorias del programa. Como siempre en los programas con acceso a edad de jubilación anticipada, es recomendable un estudio individualizado que atienda las situaciones de Seguridad Social y cuantías compensatorias de la penalización de los participantes del programa, cuando correspondan.
Incentivos a la jubilación demorada
Dentro del análisis, se abordaron los incentivos a la jubilación demorada del trabajador. La nueva norma establece la prohibición de cláusulas de jubilación forzosa, permitiéndose únicamente para edades a partir de los 68 años. Esto junto con el nuevo incentivo económico dirigido al trabajador, si demora su acceso a la jubilación más allá de la edad ordinaria que le corresponda. Por tanto, recaería sobre la empresa el coste salarial que se deriva del mantenimiento de la carrera laboral.
Claves para la mejora del retorno de programas de adecuación de plantilla en el marco normativo vigente
A partir del análisis expuesto, algunas de las acciones relacionadas con la optimización del retorno de este tipo de programas son:
- Análisis de la modalidad conveniente: plan de bajas voluntarias incentivadas o plan de prejubilación ERE, dependiendo de las necesidades de la empresa
- Determinación del nivel de protección del programa desde el punto de vista de sustitución salarial y mantenimiento de la expectativa de la pensión pública, de acuerdo con las modalidades utilizadas, referencias de mercado y particularidades de la propia organización.
- Análisis de la diferencia de costes de un programa basado en la jubilación anticipada o jubilación ordinaria, así como un diseño individualizado teniendo en cuenta los meses de anticipación que resulten más favorables.
- Determinación de costes de reposición y costes salariales evitados en el momento de valorar una posible intervención.
- Análisis y diseño de un sistema de previsión social en la empresa que oriente el momento de desvinculación por jubilación, así como la potencial incidencia los incentivos a la jubilación demorada.
¿Cómo puede ayudarme Gestolasa?
Gestolasa cuenta con más de 30 años de experiencia brindando apoyo a sus clientes en la implantación de medidas de optimización de personal. Entre nuestras áreas de trabajo contamos con las siguientes especializaciones:
Previsión Social: un equipo de especialistas y actuarios independientes para el análisis de las empresas en materia de desvinculaciones laborales. Realizamos el diseño y valoración de programas de reestructuración, extintivos y de prejubilación, individuales y colectivos.
Incapacidad Permanente: un equipo especializado en la identificación y gestión de casos de Incapacidad Permanente. Brindamos un asesoramiento médico-jurídico, defensa legal especializada y tutela personal durante todo el proceso de tramitación.
Gestión de Personal Prejubilado: asesoramiento y acompañamiento legal personalizado hasta la jubilación. Suscripción del convenio especial, tramitación y seguimiento de prestaciones de los trabajadores afectados, ayudas previas a la jubilación entre otros.
Asesoría de Seguridad Social y Derecho Laboral: asesoramiento en pensiones de jubilación, incapacidad permanente y otras prestaciones públicas. Despidos colectivos y suspensiones temporales de empleo entre otros.
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