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En el entorno laboral actual, la salud mental es un tema cada vez más relevante. Los trastornos de salud mental pueden afectar significativamente el desempeño laboral y la calidad de vida de los empleados. Cuando estos trastornos alcanzan un nivel incapacitante, es crucial comprender los pasos a seguir y los derechos del trabajador. En este artículo, abordamos la incapacidad permanente relacionada con los trastornos de salud mental en el ámbito laboral, ofreciendo orientación y recursos para la empresa y el trabajador.
¿Qué es la incapacidad permanente por trastornos mentales?
Los trastornos de salud mental son una realidad cada vez más presente en el ámbito laboral. Según la OMS, 1 de cada 4 personas en el mundo experimentará algún problema de salud mental a lo largo de su vida. En España, se estima que más de 2 millones de personas sufren algún tipo de trastorno mental, lo que supone un impacto significativo en la productividad empresarial y en la calidad de vida de los trabajadores.
En este contexto, la incapacidad permanente por trastornos mentales se configura como una herramienta fundamental para proteger a aquellos trabajadores que, debido a la gravedad de su condición, se ven imposibilitados para realizar su trabajo de forma habitual.
¿Qué requisitos debe cumplir el trabajador para acceder a la incapacidad permanente por trastornos de salud mental?
Dependerá del grado de incapacidad:
Gran invalidez
Requisitos generales
1. No alcanzar la edad para jubilarse. En 2024 la edad de jubilación prevista son 66 años y 6 meses. En caso de haber cotizado 38 años o más se reduce a los 65 años.
2. Estar afiliado y en alta.
3. Tener cubierto un período previo de cotización:
- Si la incapacidad deriva de un accidente laboral, no se exige periodo previo de cotización.
- Si la incapacidad deriva de una enfermedad común, el periodo de cotización exigido dependerá de la edad:
- Menores de 31 años: 33% del tiempo transcurrido entre la fecha en qué cumplió los 16 años y la fecha del reconocimiento de gran invalidez.
- Mayores de 31 años: 25% del tiempo transcurrido entre la fecha en qué cumplió los 20 años y la fecha del reconocimiento de gran invalidez.
Requisitos específicos
La Gran Invalidez se concede cuando, por pérdidas anatómicas o funcionales, el trabajador precisa la asistencia de otra persona para llevar a cabo actos esenciales de la vida cotidiana.
Existen diversas enfermedades mentales vinculadas frecuentemente al reconocimiento de este grado de incapacidad, entre ellas encontramos las siguientes:
- Alzheimer
- Esquizofrenia
- Psicosis
- Trastornos depresivos graves
- Demencia senil prematura
Estas enfermedades, debido a los síntomas que presentan, hacen necesaria la ayuda de otra persona para:
1) evitar conductas que puedan poner en peligro la seguridad propia o ajena del trabajador
2) garantizar la administración correcta del tratamiento pautado
3) contar con el estímulo externo de otra persona para realizar aquellas actividades indispensables para asegurar la seguridad, higiene y correcta convivencia en sociedad
Incapacidad permanente absoluta
Requisitos generales
Los requisitos generales para el reconocimiento de la incapacidad permanente absoluta son los mismos que para la gran invalidez.
Requisitos específicos
La incapacidad permanente absoluta se concede cuando el trabajador, por enfermedad o lesión, ve impedida su capacidad para llevar a cabo cualquier trabajo.
En lo referente a la salud mental existen distintas enfermedades que, por los síntomas que presentan, impiden a la persona trabajar con plena responsabilidad, rendimiento y sin riesgo para sí mismo o para terceras personas. Entre algunas de las más comunes encontramos:
- Depresión mayor cronificada
- Depresión endógena con alteración de la memoria o el sueño
- Depresión psicótica
- Neurosis depresiva
Incapacidad permanente total
Requisitos generales
Los requisitos generales para el reconocimiento de la incapacidad permanente total son los mismos que para la absoluta y la gran invalidez.
Requisitos específicos
La incapacidad permanente total se concede cuando un trabajador presenta problemas de salud que le inhabilitan para la realización de todas o de las fundamentales tareas de su profesión, siempre que pueda dedicarse a otra distinta.
Los supuestos más habituales de reconocimiento de una incapacidad permanente total en cuanto a problemas de salud mental son aquellos que, sin afectar a las capacidades laborales básicas, inciden en la capacidad de llevar a cabo tareas específicas para el puesto que se está desempeñando.
Un ejemplo de esta situación podría ser un policía que ha sufrido un accidente de trabajo que le ha provocado como secuela trastorno de estrés postraumático. Como consecuencia se verá imposibilitado para llevar a cabo las tareas fundamentales de su profesión habitual de policía local, pero podría desempeñar, por ejemplo, un trabajo como administrativo.
Incapacidad permanente parcial
Requisitos generales
1. No alcanzar la edad de jubilación ordinaria o en caso de haberla alcanzado, si la contingencia de la incapacidad parcial es común, no tener 15 años cotizados, dos de ellos en los últimos 15.
2. Estar afiliado y en alta.
3. Tener cubierto un período previo de cotización:
- Si la incapacidad deriva de enfermedad común: 1800 días cotizados en los 10 años anteriores a la fecha en que la incapacidad temporal derive en una permanente.
- Si la incapacidad deriva de accidente, laboral o no, o de enfermedad profesional: no se exige período previo de cotización.
Requisitos específicos
1. Disminución superior al 33% en el rendimiento para su profesión habitual.
2. Capacidad para llevar a cabo las tareas fundamentales de su profesión habitual.
3. Reconocimiento y acreditación por un profesional médico de las limitaciones que justifican la reducción del rendimiento.
El reconocimiento de este grado de incapacidad presenta ciertas dificultades en lo referente a la salud mental.
Por un lado, nos encontramos con que resulta complicado constatar una disminución superior al 33% del rendimiento normal del trabajador debido a que no existen porcentajes de rendimiento aplicables a cada profesión; y por otro, que la naturaleza de las enfermedades mentales dificulta aún más el sistema de determinación del grado de incapacidad permanente parcial.
¿Cómo puede ayudar la empresa a los trabajadores que sufren problemas de salud mental incapacitantes?
Un trabajador que tiene la desgracia de sufrir un problema de salud mental que no le permita desempeñar su trabajo habitual, se encontrará ante un dilema de decidir qué hacer, con la trascendencia que su decisión tendrá sobre su vida personal y familiar. Por ello es importante que la empresa contacte con el empleado y le brinde herramientas que le ayuden a encauzar su resolución.
Desde Gestolasa abordamos el proceso de gestión de incapacidad permanente de forma integral, abordando todos los pasos establecidos para su reconocimiento:
Valoración inicial
En primer lugar, ayudaremos al trabajador a valorar si su situación médica puede ser o no, subsidiaria de reconocimiento de una Incapacidad Permanente, en qué grado, las posibilidades de éxito y cuantía estimada de su pensión. Solo una vez realizamos la valoración inicial, y esta es aprobada por la empresa y trabajador, damos inicio al expediente su tramitación.
Vía administrativa
Nuestra unidad de valoración del daño corporal, compuesta por médicos peritos, realiza el análisis detallado del expediente médico del trabajador y prepara su solicitud. Realizada la solicitud, se convoca al paciente al tribunal médico de la seguridad social para su valoración. Este tribunal emitirá su resolución, que, en caso de ser desfavorable, procedemos a interponer reclamación administrativa, con las justificaciones y fundamentaciones correspondientes.
Vía Judicial
En caso de resolución desfavorable por parte del tribunal médico y reclamación administrativa, activamos la vía judicial. Nuestro equipo jurídico se encarga del proceso de demanda ante el Juzgado de lo Social, y la tutela y asesoramiento jurídico continuo durante el proceso de tramitación. Pero incluso, si la sentencia en esta instancia fuese denegatoria, procedemos a interponer un recurso en el tribunal superior. En cuanto a nuestro equipo médico, actuarán como peritos médicos especialistas en valoración del daño corporal, ratificando los informes médicos periciales en la vía judicial.
¿Cómo puede ayudarte Gestolasa?
En Gestolasa llevamos más de 35 años ofreciendo ayuda a nuestros clientes en la Gestión de Incapacidad Permanente, con unos métodos de trabajo rigurosos que nos permiten presentar unas elevadas tasas de éxito.
Ofrecemos asesoramiento médico continuo, defensa legal especializada y tutela personal durante todo el proceso de tramitación. Esta metodología provoca una muy alta valoración por parte de trabajadores y empresas.
Además, contamos con una herramienta propia para la identificación de situaciones susceptibles de IP, la cual prioriza los posibles casos y ofrece un informe de alto valor añadido para los departamentos de RRLL y PRL.
Un equipo de especialistas a tu disposición, contáctanos.
Con más de 30 años de experiencia, prestamos servicios a más de 600 empresas.
Somos un amplio equipo de profesionales especializados en Derecho Laboral y Seguridad Social, Previsión Social, Análisis Actuarial, Externalización de procesos de RRHH y Gestión de la Incapacidad Permanente.