Los días 1 y 2 de diciembre se celebraron en Madrid las Jornadas Técnicas de CEAL (Asociación Profesional de Auditoria Socio Laboral y de Igualdad), que incluyó ponencias sobre diversas cuestiones jurídico laborales de actualidad por parte de Doña Rosa Mª Virolés Piñol, Presidenta de la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, Dña. Concepción Esther Morales Vállez, Magistrada Suplente de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid,Doña Angels Calavia Molinero , Abogada, socia-auditora y miembro de la Junta Directiva de CEAL, Don Fernando Sicre Gilabert – , Inspector de Trabajo y Seguridad Social y Don Raul Rojas Rosco, Socio Laboral ECIJA. Socio-auditor y miembro de la Junta Directiva de CEAL.
El Acto terminó con la mesa redonda de la “Experiencia sobre los criterios del Regcon, inscripción y registro de los planes de Igualdad”, donde participaron algunos de los miembros de la junta directiva de CEAL presentando sus experiencias, entre los que se encontraban Nuria Tor, Directora de Asesoría de Seguridad Social y Laboral de Gestolasa, Sandra Cid Conde y Juan José Colomé Riquelme.
Cada uno de los componentes de la mesa expuso alguna de sus experiencias sobre los Planes de Igualdad que han inscrito y registrado en el Regcon de diferentes Comunidades Autónomas, además del Estatal.
En la mesa se pusieron de manifiesto los distintos criterios aplicados por Comunidad Autónoma sobre el cumplimiento del contenido mínimo de los Planes de Igualdad, en particular, sobre la exigencia o no de la inclusión de la Auditoría Retributiva en los Planes de Igualdad que se registran, habiendo resultado suficiente, en algunas Comunidades Autónomas, la inclusión del compromiso de ejecución de la Auditoría como medida del Plan, mientras que, en la mayoría, así como en el ámbito Estatal, el requisito de presentación de la Auditoría con la explicación pormenorizada de la metodología de valoración de puestos de trabajo utilizada, es requisito mínimo imprescindible y motivo de denegación de un número muy elevado de solicitudes de inscripción de Planes de Igualdad.
En relación con ello, coincidían los ponentes en que, con independencia de los criterios más o menos laxos del Regcon de alguna de las Comunidades Autónomas señaladas, la exigencia de incorporar en el propio Plan la Auditoría retributiva, incluyendo la valoración de los puestos de trabajo, es clara en el Real Decreto 902/2020 y en la Inspección de Trabajo, podría cuestionar la validez de los Planes elaborados sin ella, pese a su inscripción en REGCON.
Se destacaron en la Mesa como causas de subsanación de Planes de igualdad solicitadas las incidencias relativas a la constitución de la Comisión Negociadora, fundamentalmente la acreditación de la legitimación de las partes que conforman la Mesa (por parte de las Federaciones Sindicales, Representación Unitaria y representantes de la empresa) así como del llamamiento a todas las legitimadas, y el detalle claro de las posibles modificaciones producidas en su composición durante el proceso. A pesar del tenor literal de la norma, se constató que se admite con carácter generalizado la composición no paritaria de las Comisiones negociadora (entre empresa y parte social), siempre que haya acuerdo entre las partes.
Incidencias habituales de subsanación son también aquellas que hacen referencia al contenido mínimo exigido a incorporar en el Plan sobre el resultado del informe de diagnóstico de situación y el informe de auditoría retributiva, es decir, de sus conclusiones concretas, aunque se registren también estos informes como documentos a parte.
Cuestiones relevantes sobre la que se compartieron experiencias discrepantes fueron las relativas a la posibilidad de inscripción de Planes negociados por un periodo superior al año y de aquellos Planes elaborados de manera unilateral por la Dirección de la Empresa ante la incomparecencia de las Federaciones Sindicales en las empresas sin representación unitaria, pese la convocatoria formal traslada y acreditada por la empresa. Todos coincidieron en la importancia de esta segunda cuestión, ante la falta de respuesta actual de las Federaciones en muchos procesos por la falta de recursos para atenderlos.
La mesa redonda concluía en la necesidad de unificar criterios en el procedimiento de los distintos Regcon, incluyendo el Estatal, para facilitar el cumplimiento de las exigencias recogidas en los Reales Decretos 901 y 902/2020 con seguridad jurídica en todos los ámbitos territoriales. Con esta finalidad, se cerraba la mesa con el compromiso de CEAL, como asociación profesional de trasladar a la Dirección General de Trabajo un documento que recogiera los distintos criterios adoptados en materias clave solicitando la elaboración de criterios unificados.
¿Cómo puede ayudarme Gestolasa?
Con la finalidad de dar cumplimiento a la obligación legal y convencional sobre la implantación de un Plan de Igualdad e Igualdad Retributiva, Gestolasa ofrece los siguientes servicios:
- Asesoramiento integral en la elaboración del Plan de Igualdad e Igualdad Retributiva
- Elaboración del diagnóstico en materia de igualdad
- Negociación y elaboración del Plan de Igualdad
- Registro del Plan de Igualdad
- Descripción y valoración de puestos para agrupación de puestos de igual valor
- Registro Retributivo, mediante una herramienta de analítica web de datos y siguiendo las recomendaciones del Instituto de la Mujer
- Auditoría Retributiva, elaborando su informe y acciones de mejora correspondiente, así como su presentación a la comisión negociadora
Con más de 25 años de experiencia en el asesoramiento a empresas en materia de Derecho Laboral y de Seguridad Social.
Prestando asesoramiento laboral permanente en empresas de distintos sectores, especialista en Auditoria Laboral, Planes de Igualdad y asesoramiento especializado a empresas en procesos de negociación individual o colectiva para la instrumentación de Planes de Desvinculación laboral y en materia de prestaciones públicas.
Licenciada en Derecho especialista en Derecho Laboral y de la Seguridad Social. Miembro de CEAL.