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Las situaciones de Incapacidad Permanente son el origen de un importante número de bajas de larga duración que en muchos casos, requieren del apoyo de la organización para su resolución.
El absentismo laboral es un problema para muchas empresas. Las bajas y ausencias de los trabajadores, tanto de corta como de larga duración, suponen costes extra para las empresas y un trastorno organizativo en el reparto de las tareas entre otros empleados.
Dentro de los diferentes tipos de absentismo laboral, en Gestolasa ponemos especial atención en aquellos factores de salud que derivan en bajas de larga duración. Éstas son más reducidas en número de casos, pero provocan un mayor impacto en los índices de absentismo como en los costes que las empresas soportan.
En estos casos nos encontramos frecuentemente ante trabajadores con enfermedades crónicas y/o degenerativas que mantienen nula o escasa respuesta terapéutica. Son bajas por incapacidad temporal que pueden estar encubriendo situaciones incapacitantes permanentes. Y en estos casos, es esencial para la empresa actuar y hacerlo de forma rápida.
¿Qué es la Incapacidad Permanente?
La incapacidad permanente (IP), es la situación laboral del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y haber sido dado de alta medicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral.
La Seguridad Social en España reconoce una prestación económica que trata de cubrir la pérdida de ingresos que sufre el trabajador cuando por enfermedad o accidente ve reducida o anulada su capacidad laboral. Ésta corresponde a una Pensión de Incapacidad Permanente.
¿Cuáles son los grados y prestaciones de la Incapacidad Permanente?
La Seguridad Social en España, dependiendo de las características y nivel de afectación, reconoce 4 grados diferentes de incapacidad con carácter permanente:
PARCIAL | TOTAL | ABSOLUTA | GRAN INVALIDEZ | |
DEFINICIÓN | Reducción igual o superior al 33% en el rendimiento para su profesión sin impedirle las tareas esenciales de la misma | Inhabilita para la realización de todas o de las fundamentales tareas de su profesión | Inhabilita por completo al trabajador por toda profesión u oficio | Necesita ayuda de otra persona para llevar a cabo actos esenciales de la vida |
PRESTACIÓN | 24 mensualidades (a tanto alzado) | 55% hasta los 55 años 75% para >55 años (Que no realicen trabajos) | 100% + exenta de tributación | 100% + exenta de tributación + 50% destinado a la persona que atiende al GI. |
¿Cuál es el proceso de solicitud de la Incapacidad Permanente?
Un trabajador que tiene la desgracia de sufrir una incapacidad laboral que no le permita desempeñar su trabajo habitual, se encontrará ante un dilema de decidir qué hacer, con la trascendencia que su decisión tendrá sobre su vida personal y familiar. Por ello la importancia en que la empresa contacte con el empleado y le brinde herramientas que le ayuden a encauzar su resolución.
Desde Gestolasa normalmente abordamos el proceso de gestión de incapacidad permanente de forma integral, abordando todos los pasos establecidos para su reconocimiento:
Valoración inicial
En primer lugar, ayudaremos al trabajador a valorar si su situación médica puede ser o no, subsidiaria de reconocimiento de una Incapacidad Permanente, en qué grado, las posibilidades de éxito y cuantía estimada de su pensión. Solo una vez realizamos la valoración inicial, y esta es aprobada por la empresa y trabajador, damos inicio al expediente su tramitación.
Vía administrativa
Nuestra unidad de valoración del daño corporal, compuesta por médicos peritos, realiza el análisis detallado del expediente médico del trabajador y prepara su solicitud. Realizada la solicitud, se convoca al paciente al tribunal médico de la seguridad social para su valoración. Este tribunal emitirá su resolución, que, en caso de ser desfavorable, procedemos a interponer reclamación administrativa, con las justificaciones y fundamentaciones correspondientes.
Vía Judicial
En caso de resolución desfavorable por parte del tribunal médico y reclamación administrativa, activamos la vía judicial. Nuestro equipo jurídico se encarga del proceso de demanda ante el Juzgado de lo Social, y la tutela y asesoramiento jurídico continuo durante el proceso de tramitación. Pero incluso, si la sentencia en esta instancia fuese denegatoria, procedemos a interponer un recurso en el tribunal superior. En cuanto a nuestro equipo médico, actuarán como peritos médicos especialistas en valoración del daño corporal, ratificando los informes médicos periciales en la vía judicial.
¿Cuáles son sus plazos de resolución?
El proceso puede ser resuelto en diferentes instancias y por tanto la estimación de tiempos es variable. En vía administrativa, podría resolverse en un plazo de 3 a 6 meses. En el caso de tener que acudir a la vía judicial, el proceso seguramente acabe alargándose hacia los 12 meses o incluso, si es necesario recurrir al tribunal superior, puede llegar hasta los 24 meses.
Como siempre, una adecuada fundamentación de la solicitud por vía administrativa, como fase previa a la valoración por el tribuna médico, será clave para una correcta valoración y rápida resolución del proceso.
¿Cuáles son las ventajas de un servicio de gestión de incapacidad permanente?
En una baja temporal por una situación de posible incapacidad permanente, es importante entender que, desde un punto de vista médico, ni la Mutua ni la propia Seguridad Social suelen conseguir el acortamiento del proceso. Una gestión activa por parte de un equipo especializado nos permitirá una serie de ventajas:
- Plazo de resolución: Nos permite iniciar la solicitud en el momento en que se presentan las secuelas, previsiblemente definitivas, que impiden realizar el trabajo o que disminuyen su capacidad laboral del trabajador.
- Ratio de éxito: Una preparación rigurosa del expediente médico incrementará las probabilidades de reconocimiento en primera instancia y sentará la base de su defensa en caso de que sea necesario activar la vía judicial.
- Alcance de actuación: Un servicio independiente como el que brinda Gestolasa, permite avanzar en la reclamación administrativa o vía judicial, acciones en las que la mutua no puede intervenir.
- Ayuda al trabajador: Cuando existen problemas incapacitantes de salud del trabajador, en muchos casos requiere de un soporte y acompañamiento externo que le ayude a abordar su problemática, que tiene implicaciones profesionales, personales y familiares. Por ello, es un servicio habitualmente muy bien valorado por sindicatos y RLT.
- Beneficios organizativos y económicos: Desde el punto de vista de la empresa, el mero transcurso del tiempo le perjudica. Está asumiendo el coste de un trabajador que está incapacitado para trabajar, y que sólo se resolverá cuando pase a ser asumido por el sistema público en el reconocimiento de la incapacidad permanente.
¿Cómo puede Gestolasa ayudarme?
En Gestolasa llevamos más de 30 años ofreciendo ayuda a nuestros clientes en la Gestión de Incapacidad Permanente, con unos métodos de trabajo rigurosos que nos permiten presentar unas elevadas tasas de éxito.
Ofrecemos asesoramiento médico continuo, defensa legal especializada y tutela personal durante todo el proceso de tramitación. Esta metodología provoca una muy alta valoración por parte de trabajadores y empresas.
Además, contamos con una herramienta propia para la identificación de situaciones susceptibles de IP, la cual prioriza los posibles casos y ofrece un informe de alto valor añadido para los departamentos de RRLL y PRL.
Un equipo de especialistas a tu disposición, contáctanos
Director Comercial en Gestolasa. People & Workforce solutions para la optimización del desempeño y productividad de las organizaciones. Payroll, health, talent management, retirement, labour compliance, people analytics & HR tech.